Ayudas a la Eficiencia Energética

NOTA: Ayudas de eficiencia energética. Abierto el plazo para la presentación de solicitudes de subvención, desde el 29 de octubre de 2021 , hasta el 31 de diciembre de 2023 o cuando, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible

Podrán acceder a esta ayuda de eficiencia energética las actuaciones que lleven a cabo Autónomos, PYMES, Grandes Empresas y Organismos públicos que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, en particular:

  • Programa 1: Inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, destinadas a autoconsumo en establecimientos o instalaciones del sector servicios, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.
  • Programa 2: Inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables destinadas a autoconsumo en establecimientos o instalaciones en sectores productivos no previstos en el programa 1, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.
  • Programa 3: Inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador que sean incorporados en las instalaciones de autoconsumo, con fuentes renovables, ya existentes tanto en el sector servicios como en otros sectores productivos.
  • Programa 4: Inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, destinadas a autoconsumo en el sector residencial, el tercer sector y las administraciones públicas, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.
  • Programa 5: Inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador que sean incorporados en instalaciones existentes de generación de energía eléctrica con fuentes renovables en el sector residencial en las administraciones públicas y en el tercer sector.
  • Programa 6: Inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes renovables, destinadas a la
    climatización o producción de ACS en viviendas

Cuantía

65% de la inversión subvencionable

Gastos subvencionable

a) Equipos y materiales
b) Costes de ejecución de las obras y/o instalaciones
c) Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares
d) Sistema eléctrico general de Alta Tensión y Baja Tensión. Sistemas de gestión, control activo y monitorización y de de medición del recurso en el emplazamiento
g) Obras civiles
h) Coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes en el emplazamiento.
i) Gastos de la redacción de los proyectos o memorias, y de de la dirección facultativa
k) Coordinación de Seguridad y Salud
l) Costes de gestión de la solicitud de la ayuda, Máximo el 4 % del importe de la ayuda solicitada, con un máximo de 3.000€ por expediente
m) Costes de gestión de la justificación
n) Informe del auditor
o) Otras partidas que sean debidamente justificadas

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