La Consejería de Empleo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias ha abierto el plazo para la presentación de solicitudes de la subvención a fondo perdido para la realización de instalaciones de energías renovables. Se ajustan los plazos de ejecución de las inversiones y la justificación, ya que la verificación por parte de la Dirección General de Planificación y Presupuesto debe estar hecha antes del 31 de octubre de 2014 para que sea posible su certificación durante 2014.
Beneficiarios
Cualquier entidad o persona física o jurídica de naturaleza pública o privada incluidas las empresas de servicios energéticos, siempre y cuando la actuación se realice en Canarias. También, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica.
Plazos
- Limite de la solicitud: el 29 de marzo de 2014.
- Inicio de las inversiones: 30 de diciembre de 2013 (o fecha de solicitud para empresas).
- Finalización de las inversiones: el 20 de agosto de 2014.
- Justificación: el 31 de agosto de 2014.
Se permite el pago como anticipo como máximo del 50% del presupuesto (las facturas sí deben ser posteriores al inicio del periodo subvencionable)
Intensidad de las ayudas
La ayuda máxima es del 40% o 200.000 euros.
Actuaciones subvencionables
1) Biomasa térmica:
Producción de energía térmica, para uso turístico, industrial o en edificios utilizando como combustible biomasa.
2) Solar térmica de baja temperatura. (superficie de captación >50 metros cuadrados)
- Instalaciones con sistemas prefabricados: Instalación de sistemas indirectos de energía solar para calentamiento de un fluido, a partir de captación de la radiación solar, bien sea como sistema compacto o como sistema partido, consistente en un sistema integrado o en un conjunto y configuración uniforme de componentes, producido bajo condiciones que se presumen uniformes y ofrecidas a la venta como equipos completos y listos para instalar, bajo un solo nombre comercial donde los captadores solares tienen un coeficiente de perdidas inferior a 9 W/(m2 ºC). No se consideran subvencionables los equipos directos.
- Instalaciones por elementos: Instalación de sistemas de energía solar para el calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares cuyo coeficiente global de pérdidas es inferior o igual a 9 W/(m2 ºC) y para aplicaciones térmicas.
- Aplicaciones especiales: Instalación de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares en aplicaciones de refrigeración u otras aplicaciones con temperatura de diseño superior a 60ºC y superando rendimientos del 40% para (tm-ta)=60 ºC y I=800 W/m2 sobre la curva cuadrática de certificación del captador, lo cual se justificará con captadores solares con coeficiente global de pérdidas inferior a 4 W(m2ºC).
3) Equipos de tratamiento en campo de biomasa para su astillado o empacado.
Maquinaria específica para el tratamiento de la biomasa, para uso energético.
4) Solar fotovoltaica aislada.
- Electrificación en servicios públicos: Iluminación con farolas autónomas, instalaciones turísticas y refugios, etc.
- Electrificación agrícola o ganadera: bombeos de agua, sistemas de riego, electrificación de granjas, sistemas de ordeño, refrigeración, iluminación de invernaderos, etc.
- Señalización y comunicación: navegación aérea y marítima, carreteras y ferrocarriles, repetidores de telecomunicaciones, etc.
- Otras específicas: generación de hidrógeno, protección catódica, oxigenación de agua, alimentación de vehículos eléctricos, etc.
5) Eólica aislada.
Solo instalaciones pequeñas para suministro de electricidad en zonas aisladas de las redes convencionales.
- Electrificación en servicios públicos: iluminación con farolas autónomas, instalaciones turísticas y refugios, etc.
- Electrificación agrícola o ganadera: bombeos de agua, sistemas de riego, electrificación de granjas, sistemas de ordeño, refrigeración, iluminación de invernaderos, etc.
- Señalización y comunicación: navegación aérea y marítima, carreteras y ferrocarriles, repetidores de telecomunicaciones, etc.
- Otras específicas: generación de hidrógeno, protección catódica, oxigenación de agua, alimentación de vehículos eléctricos, etc.
6) Biogas.
Producción de energía térmica o eléctrica mediante el aprovechamiento energético del biogás producido por digestión anaerobia de residuos biodegradables, para instalaciones de potencia eléctrica inferior a 500 kW.
7) Geotermia.
- Aprovechamiento de energía térmica para redes de distrito.
- Aprovechamiento de la energía térmica para climatización utilizando bombas de calor que intercambien con el terreno, ya sean de circuito abierto o cerrado, tanto para instalaciones existentes que se reformen, como para instalaciones nuevas.
8) Otras Instalaciones de energías renovables.
Costes subvencionables:
- Coste de los equipos e instalaciones que forman parte de la instalación.
- Montaje y conexionado del conjunto.
- Obra civil asociada.
- Diseño de ingeniería de la instalación y dirección de obra.
- Auditoría limitada al proyecto de inversión.
- Presupuesto de la línea: 1.000.000 de euros.
- Eólica aislada: 20.000 euros.
- Solar térmica de baja temperatura: 500.000 euros.
- Solar fotovoltaica aislada: 20.000 euros.
- Biomasa térmica: 250.000 euros.
- Equipos de tratamiento en campo de biomasa: 60.000 euros.
- Pequeñas instalaciones para obtención y aprovechamiento de biogás: 50.000 euros.
- Geotermia: 50.000 euros.
- Otras instalaciones: 50.000 euros.