Programa de ayudas financieras a Pymes industriales

Nuevo programa de ayudas financieras a pymes industriales. La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) y la Dirección General de Fondos Europeos han suscrito un Acuerdo de Financiación, por el que se constituye el nuevo Fondo Reembolsable JEREMIE para pymes industriales. De este modo se concede a las pymes industriales andaluzas préstamos blandos a largo plazo en condiciones preferenciales por el tipo de interés, el plazo de amortización, la no aplicación de comisiones y por las características de las garantías que deberán aportarse para acceder a los mismos.

Los préstamos serán compatibles con otros recursos financieros para la mismas finalidades que procedan de administraciones y entes privados, tanto nacionales como de la Unión Europea y de otros organismos internacionales, siempre y cuando el importe de los mismos no supere los costes de los proyectos incentivados.

El plazo de presentación de las solicitudes será hasta el 30 de junio de 2014 inclusive.

Características

Beneficiarios

Pequeñas y medianas empresas Industriales andaluzas que dispongan de las siguientes formas jurídicas: Sociedades Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades Laborales, Sociedades Cooperativas, Sociedades Comanditarias. No podrán obtener la condición de beneficiarios empresarios individuales, ni las Sociedades Civiles, ni las Comunidades de Bienes, ni las Sociedades Agrarias de Transformación. Además, deberán cumplir las siguientes características:

  • Que tengan domicilio social y fiscal en Andalucía.
  • Que cuenten a la fecha de presentación con, al menos, 4 años de actividad continuada.
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones.
  • Número de empleados igual o inferior a 50.

Quedan excluidas las actividades relacionadas con la pesca y la acuicultura; la producción primaria (agricultura) de productos agrícolas y la fabricación y comercialización de productos de imitación o sustitución de la leche y los productos lácteos.

Finalidad operación

La financiación está destinada a cubrir necesidades de inversión, admitiéndose la realización de un plan de expansión comercial, de una estrategia de diversificación de productos o de mejoras de procesos, de incorporación de nuevas tecnologías, de implantación de nuevos centros de producción, o de cualquier otra actividad vinculada al crecimiento o a la consolidación de la empresa solicitante. Así mismo, se podrán presentar operaciones de necesidades de liquidez.

Para proyectos que consistan en realizar una inversión:

a) Terrenos: la adquisición de terrenos necesarios para la implantación del proyecto. El importe de este concepto no podrá sobrepasar el 10% de la inversión total del proyecto.

b) Traídas y acometidas de servicios.

c) Urbanización.

d) Naves y construcciones.

e) Bienes de equipo de procesos.

f) Bienes de equipo auxiliares.

g) Equipos informáticos o de infraestructuras TIC en general.

h) Adquisición y tratamiento de software.

i) Planificación, ingeniería y dirección facultativa.

j) Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados anteriores, necesarias para el proyecto.

k) Inversiones en activos fijos inmateriales consistentes en la adquisición de patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados.

Para los proyectos que no consistan en realizar una inversión:

a) Dotaciones necesarias para capital circulante.

b) Servicios externos tales como estudios, asistencia técnica, consultoría y otros servicios relacionados con los proyectos.

c) Gastos de registros de patentes y marcas comerciales destinados a la promoción comercial.

d) Registros de dominio.

Importe financiación:

El importe máximo del préstamo no podrá ser superior a 200.000 euros, limitando en cualquier caso:

  • Al 50% del total de recursos propios de que disponga la empresa en el momento de presentación de la solicitud.
  • Ni superará, en ningún caso, el 75% de las necesidades financieras totales del plan.

La empresa que se beneficia de la ayuda financiera podrá libremente y en cualquier momento de la vida del préstamo, proceder a la amortización anticipada del mismo sin estar sujeto a ningún tipo de comisión

Plazo:

Se podrán solicitar por un plazo de 5 o de 7 años, pudiendo incluir en ambos casos hasta los dos primeros años de carencia de amortización de principal.

Garantías:

Se considerará que la empresa posee garantía suficiente siempre que los Fondos Propios Totales sean iguales o superiores al 20% de su activo total. En otro caso serán necesarias garantías adicionales

DYRECTO Consultores pone a tu disposición un equipo de consultores especializados en la gestión de financiación y con experiencia en el programa de ayudas financieras para Pymes Industriales. No pierdas la oportunidad que te ofrecemos y contacta con nosotros en el teléfono 902 120 325 o envíanos una solicitud y nos pondremos en contacto contigo.

;