El 28 de febrero de 2014 el Consejo de Ministros anunció un nuevo tipo de entidades de capital riesgo para favorecer la financiación de empresas. Dentro del Anteproyecto de Ley de Medidas para fomentar la financiación de las empresas se prevén estas nuevas entidades de Capital Riesgo Pyme que se beneficiarán de un régimen financiero más flexible que el de las entidades de capital riesgo tradicionales, ya que podrán hacer un mayor uso de los instrumentos financieros de deuda.
Las nuevas ECR-pymes podrán dedicar sus recursos a todas aquellas sociedades con menos de 250 empleados y que, en el momento de la inversión, dispongan de un volumen de negocio máximo de 50 millones de euros o bien su activo no sea superior a los 43 millones de euros.
Tendrán que invertir, al menos, un 70% de su patrimonio en pymes, además de participar en la gestión y aportar asesoramiento. La intención del gobierno es fomentar la participación privada en la financiación empresarial de forma que se creen alternativas a la financiación bancaria tradicional.
Esta nueva regulación introduce nuevos requisitos a las sociedades gestoras, en cuanto a su estructura y organización para garantizar el control de riesgos, de liquidez y de conflictos de interés y para cumplir con una política de remuneraciones que evite la toma de riesgos excesivos.
Por otro lado, se agilizan y reducen de cargas administrativas en el régimen de entidades de capital riesgo, de forma que ya no necesitarán autorización por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores sino únicamente un simple registro en la misma.
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