Abierta la nueva convocatoria de CREACIÓN Y DESARROLLO DE PYMES INNOVADORAS ( desde el 07/05/2020 hasta que se agoten los fondos)
La Sociedad de Desarrollo de Canarias (SODECAN) ha puesto en funcionamiento una nueva línea de financiación que se articula mediante préstamos reembolsables cuyo objetivo es financiar proyectos basados en impulsar la creación y desarrollo de PYMES innovadoras, entendiendo por tales las que basen su actividad en el dominio intensivo del conocimiento. Fomentar la transferencia de la investigación al ámbito empresarial, en particular en las materias prioritarias identificadas en la Estrategia de Especialización Inteligente de Canarias 2014-2020, RIS3 de Canarias, e incentivar la inversión privada como complemento de las aportaciones públicas..
Beneficiarios Pymes Innovación
PYMES constituidas como sociedades de capital no cotizadas que, acreditando su capacidad y elegibilidad, cuenten con o pretendan disponer de un establecimiento permanente en Canarias para la creación o desarrollo de un proyecto empresarial innovador. Además, deberán acreditar que no han podido obtener financiación en condiciones de mercado.
Dependiendo de la fase en que se encuentre cada proyecto empresarial, se podrá optar por solicitar la financiación por la línea de Creación o por la de Desarrollo. Por la línea de Creación, Sodecan aportará capital inicial para financiar el desarrollo y comercialización de productos. Por la línea de Desarrollo, Sodecan aportará capital de expansión con el objetivo de aumentar la capacidad de producción, introducirse en nuevos mercados o generar nuevos productos.
Condiciones Financieras de los préstamos Pymes Innovación
- Importe financiable: En proyectos de Creación, se financiará hasta el 85% del presupuesto, con un máximo de 200.000€. En proyectos de Desarrollo, se financiará la misma cantidad aportada por el coinversor, hasta el 40% del presupuesto con un máximo de 500.000€
- Plazos: Periodo máximo de devolución de 10 años (incluyendo carencia)
- Tipo de interés: Tramo 1 Euribor a 1 año + 3,35%, y Tramo 2 en función de la rentabilidad financiera de la empresa (calculado en base al porcentaje que, en cada ejercicio, represente el resultado del ejercicio completo antes de impuestos sobre los fondos propios medios de la empresa, ambos del último ejercicio contable aprobado). El tipo máximo conjunto de ambos tramos será de Euribor a 1 año + 8%.
- Amortizaciones: trimestrales
- Interés de demora: 8% anual sobre el importe de las cantidades impagadas
- Garantías:No existen
- Desembolsos: Desembolso preferentemente por hitos.
Requisitos
• PYMEs innovadoras de hasta 5 años (Creación) o 7 años (Desarrollo) de antigüedad.
• Establecimiento permanente (según lo dispuesto en el artículo 13.1 del RD 5/2004 de 12 de marzo) en Canarias, donde se realizará el proyecto.
• La inversión ha de realizarse (mayoritariamente) en Canarias.
• Incapacidad de obtener financiación bancaria (en condiciones razonables).
• Tener plena capacidad para recibir dinero público.
• No pertenecer a un sector no elegible por FEDER (pesca, acuicultura, transformación de productos agrícolas, entre otros).
• En el caso de proyectos de Desarrollo, aportar un coinversor dispuesto a invertir en el proyecto.
Obligaciones de los beneficiarios
• El préstamo deberá destinarse a financiar las partidas concretas aprobadas y de acuerdo con las prestaciones consignadas en el contrato, salvo modificaciones autorizadas por Sodecan.
• El proyecto tendrá una duración máxima de un año, que podrá ser prorrogado 6 meses más de forma excepcional si el Beneficiario acredita debidamente el retraso en la ejecución.
• Presentará las cuentas justificativas auditadas en los plazos y bajo el formato que se establezca en el contrato. Los gastos financiables deberán ser contratados y abonados directamente por el Beneficiario mediante transferencia bancaria o tarjeta de crédito / débito, estar justificados de acuerdo con la naturaleza del proyecto, y realizados y abonados dentro del plazo de ejecución del proyecto.
• Verificar el reembolso del préstamo en los plazos establecidos, sin perjuicio de posibles renegociaciones que se puedan pactar con Sodecan, en todo caso con los límites impuestos en la normativa aplicable.
• Comunicar a Sodecan la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos públicos tan pronto como se conozca.
• Mantener el empleo, la inversión y la estructura societaria durante el tiempo que se establezca en el contrato.
• Cumplir con toda la normativa mercantil, sectorial, fiscal, contable y laboral que les sea de aplicación.
• Someterse a las actuaciones de comprobación que deba realizar Sodecan y, en particular, facilitar para su examen cuantos documentos contables u otra información financiera se soliciten.
• Citar la contribución de la UE en sus comunicaciones y adoptar las medidas de difusión que se establezcan en el contrato.
• No efectuar entrega de cantidad alguna a los socios por devolución de aportaciones en caso de reducción de capital social, distribución de reservas o dividendos, comisiones, amortización de principal o pago de intereses ni cualquier otro concepto.
• En proyectos que opten por la línea de Desarrollo, la solicitud deberá acompañar una propuesta de acuerdo de coinversión por parte de un coinversor donde se detalle la cuantía, el calendario de pagos, los mecanismos mediante los cuales Sodecan y el coinversor participarán en los órganos de gestión de la empresa y cuantas otras previsiones resulten apropiadas.
Desde el Departamento de Financiación de Dyrecto Consultores, trabajamos para que puedas obtener el máximo de financiación posible, no solo a través de esta línea de financiación, sino a través de otras líneas de financiación, con el objetivo de que obtengas la máxima financiación en condiciones preferentes.
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