Gracias a la deducción I+D+i las empresas españolas tienen la oportunidad de recuperar gran parte de los gastos e inversiones ya realizados durante el año pasado, gracias al ahorro fiscal que produce en el impuesto de sociedad durante los próximos 18 años y que pueden alcanzar el 72,6% (en la península es del 42%) de los gastos ya realizados.
Según el nuevo criterio de la Dirección General de Tributos (DGT), no se van a poder acreditar deducciones cuyos gastos se generaron en ejercicios prescritos, aunque no haya transcurrido el plazo de 18 años para aplicar las deducciones; y cualquier acreditación de deducciones generadas en ejercicios anteriores obligará a rectificar autoliquidaciones, con el consiguiente efecto de interrupción de la prescripción, por lo que se alargaran sensiblemente los periodos abiertos a comprobación por las autoridades fiscales.
No obstante lo anterior, hay que recordar que la opinión de la DGT es distinta a la de la Audiencia Nacional que, en sentencia de 16 de junio de 2021, dictaminó exactamente lo contrario de lo que ahora dice la DGT, y esa sentencia es objeto del recurso de casación interpuesto por la Abogacía del Estado, recurso que ha sido admitido a trámite mediante auto de 29 de junio de 2022.
Planificación de la deducción I+D+i
El plazo para solicitar la deducción I+D+i termina el próximo 25 de julio. El asesor fiscal de tu empresa debe de anotar en el impuesto de sociedades (o IRPF en caso de profesionales) el cálculo de la deducción I+D+i que DYRECTO Consultores le facilitará contratando este servicio.
Para poder aprovechar el incentivo fiscal a la innovación más generoso de Europa es, totalmente, necesario que el certificado que emite DYRECTO, esté visado por el Colegio Oficial de Ingenieros antes del 25 de julio.
Beneficiarios de la deducción I+D+i
En España, cada año más de 50.000 empresas realizan esfuerzo en innovación, invirtiendo 15.000 millones de euros, y consiguiendo una deducción de más de 300 millones de euros anuales. Al año ya son más de 6.000 empresas las que solicitan esta deducción I+D+iT, y más de la mitad de los beneficiarios son pequeñas empresas que sacan nuevos productos o desarrollan mejoras innovadoras en su proceso productivo o, simplemente incorporan nuevas tecnologías.
La falta de información, el miedo a las inspecciones y la complejidad del proceso retraen a muchas compañías a la hora de presentar la deducción I+D+i. Con la experiencia de DYRECTO Consultores, tu empresa identificará todos los proyectos susceptibles de ser beneficiarios y todos los gastos e inversiones que son susceptibles de incluir en la deducción de cada año.
Empresas en pérdidas también utilizan la deducción I+D+i
La deducción I+D+iT no solo va dirigida a las empresas que obtengan beneficios sino también para aquellas empresas cuya cuenta de resultados sea negativa, puesto que disponen de 18 años para aplicar el ahorro fiscal conseguido con los gastos del año pasado, siempre y cuando, se declare a tiempo en este impuesto de sociedades del próximo 25 de julio.
Seguridad jurídica en la deducción I+D+iT
La empresa podrá conseguir a través de este servicio los informes motivados y las certificaciones necesarias para aumentar la seguridad jurídica frente a la Agencia Tributaria, ya que este documento va firmado por un ingeniero superior industrial y visado por el Colegio Profesional, lo que exime al asesor fiscal de cualquier tipo de responsabilidad.
DYRECTO se encarga de todo el trámite burocrático que conlleva la obtención de la deducción fiscal I+D+i, de cara a garantizar que el empresario recupere una parte muy importante de los gastos e inversiones realizados durante el año pasado. Este servicio está dirigido a todas las empresas de España, de todos los sectores y tamaño, que hayan desarrollado cualquier tipo de actividad innovadora dentro de su negocio durante el pasado año.
DYRECTO Consultores ofrece a los empresarios un servicio de asesoramiento, desde el que se cubre todo el proceso de solicitud y tramitación de ayudas públicas a la innovación.
Muchas empresas están innovando y no lo saben, perdiendo, la posibilidad de beneficiarse de estas deducciones fiscales. Toda pyme que esté realizando un esfuerzo por innovar como, por ejemplo, el lanzamiento de nuevos productos o servicios o mejoras tecnológicas puede encajar perfectamente en este incentivo fiscal recuperando gran parte de los gastos gracias al ahorro fiscal.
Las deducciones por I+D+i son, totalmente, compatibles con otras ayudas y subvenciones disponibles para empresas y que puedes consultar. Si ha recibido una subvención por I+D+i contacta con nosotros para te ayudemos a aprovechar estas otras ayudas.