Las inversiones dirigidas a mejorar el medio ambiente tienen su propia deducción fiscal. Son las deducciones fiscales por inversiones de carácter medioambiental.
Estas deducciones del Impuesto de Sociedades permiten recuperar el 8%, el 28% en Canarias, del importe de las inversiones realizadas en instalaciones que consigan alcanzar las siguientes metas:
- Reducir o evitar la contaminación atmosférica o acústica procedente de las instalaciones industriales de la empresa.
- Reducir o evitar la contaminación en los vertidos hacia aguas superficiales, subterráneas y marinas.
- Favorecer la reducción, recuperación o tratamiento de los residuos industriales propios.
Requisitos exigidos
- Superar lo que marca la norma. Las inversiones que se limitan a cumplir con lo que marca la normativa en materia ambiental no pueden acogerse a la deducción.
- La inversión debe derivar de la ejecución de planes, programas, convenios o acuerdos aprobados o celebrados con la Administración ambiental.
- Las inversiones deben ser convalidadas mediante una certificación a tal efecto, por parte de la Administración ambiental.
Otras consideraciones
- Límite de la deducción: 35% de la cuota integra.
- Se permite acumular la deducción como crédito fiscal hasta 10 años.
- La inversión se entiende realizada en el ejercicio en que se encuentra en condiciones de funcionamiento.
- Las inversiones se deben mantener en funcionamiento durante cinco años, tres años si son bienes muebles o durante su vida útil, si fuese inferior.
- La parte de la inversión financiada con subvenciones no dará derecho a deducción.