Formación Bonificada Fundación Tripartita

FUNDAE, subvención a la formación

Todas las empresas con trabajadores a su cargo disponen de un crédito para financiar la formación de sus trabajadores. También, las nuevas empresas. Este sistema de bonificaciones se encuentra regulado por la Orden Ministerial TAS 2307/ 2007 de 27 de julio, que desarrolla parcialmente el R.D. 395/2007. Importe del crédito: se calculará a partir de la plantilla media durante el año anterior y la cuantía ingresada en concepto de cuota de formación profesional en dicho ejercicio:

  • Las empresas de 1 a 5 trabajadores dispondrán de un crédito mínimo de 420 euros anuales.
  • Las empresas con una plantilla superior: Se calculará la cuota de formación profesional sumando las casillas 501 de todos los TC1 del año anterior. A esa cantidad, se aplicará un 0,7 %.

Sobre el importe obtenido, se aplicarán los siguientes porcentajes en función de la plantilla de la empresa:

• Plantilla de 6 a 9 trabajadores:100%

• Plantilla de 10 a 49 trabajadores: 75%

• Plantilla de 50 a 249 trabajadores: 60%

• La cantidad resultante será el crédito disponible para el año en curso.

Nueva empresa

Las empresas de nueva creación podrán beneficiarse, igualmente, de un crédito de bonificación para formación cuando incorporen a su plantilla nuevos trabajadores. El crédito resultará de multiplicar el número de trabajadores incorporados a la empresa, según el primer boletín de cotización a la Seguridad Social, por la bonificación media por trabajador que, anualmente, determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado, garantizándose, en todo caso, el crédito mínimo de bonificación.

Formación Bonificada Fundación Tripartita

Formación interna

Es bonificable también:

1) Costes directos o “de impartición”:

• El coste salarial del formador de la empresa por el número de horas del curso.

• Material del curso.

•Alquileres de salas, equipos.

•Seguros contratados específicos para el curso.

2) Costes indirectos: personal administrativo, coste de luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza, vigilancia y otros costes.

Autónomos

Los autónomos no cotizan a la seguridad social en concepto de formación profesional y, por tanto, no pueden beneficiarse del sistema de bonificaciones, aunque sí los trabajadores del Régimen General pertenecientes a su empresa. No obstante, pueden acceder a cursos gratuitos subvencionados por la Fundación y gestionados por diferentes entidades, a través de los convenios de formación.

Requisitos de la formación-curso

La duración del curso no puede ser inferior a 6 horas, excepto para cursos vinculados a certificados de profesionalidad y módulos formativos en áreas prioritarias (de 4 a 6 horas): Tecnologías de la Información y la Comunicación, Prevención de riesgos laborales, sensibilización medioambiental y promoción de la igualdad. La participación de los trabajadores no podrá ser superior a 8 horas diarias. Garantizar la gratuidad de la formación a los participantes. La empresa debe custodiar los documentos de control de asistencia diaria de los trabajadores al curso. Se debe comunicar la realización del curso a la representación legal de los trabajadores.

Comunicación del curso

Al menos siete días antes de su realización. Tramitación telemática. Aplicación específica de la Fundación Tripartita. Información necesaria para la tramitación de la bonificación y notificación de la acción formativa:

• Día de comienzo y fin del curso.

• Horario del curso.

• Número total de horas.

• Nombre del curso, objetivos y contenidos.

• Lugar de impartición.

• Empresa que da la formación (en este caso CIF y razón social) • Número de participantes.

Notificación de la finalización del curso.

Hay que indicar:

• Cuantía y mes en el que se aplicará la bonificación.

• Fecha límite de la comunicación (diciembre)

• Listado de participantes (mínimo 75% de los inicialmente comunicados). Identificar colectivos prioritarios.

Aplicación de la bonificación

Como máximo en el TC de diciembre del año en curso. DYRECTO Consultores no imparte formación, ahora bien, gracias a que somos una entidad organizadora independiente, si necesitas asesoramiento para definir tus necesidades de formación te ponemos en contacto con los mejores especialistas y los mejores centros de formación de España. Contacta con nosotros a través del correo electrónico dyrecto@dyrecto.es o en el teléfono 902 120 325.

;