ICAA-ICO 2014. El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) han firmado un acuerdo de colaboración para el establecimiento de una línea de financiación para la producción cinematográfica y convocándose ayudas para la minoración de intereses de los préstamos concedidos.
Beneficiarios préstamos ICCA-ICO 2014
Serán titulares de este tipo de financiación, las empresas privadas de producción cinematográfica, de cualquier lugar de España inscritas en la Sección Primera del Registro de Empresas del ICAA.
Inversiones financiables ICCA-ICO 2014
Producción cinematográfica de largometrajes y de películas de animación para los que no se hubiera concedido una ayuda del sobre proyecto del ICAA. El inicio del rodaje de la película, objeto de financiación, deberá tener lugar dentro de los seis meses siguientes a la firma del contrato de préstamo. El cliente deberá solicitar en el ICAA el certificado de película española y su calificación por edades, dentro de los 12 meses a partir del inicio del rodaje.
Importe máximo préstamos ICCA-ICO 2014
El ICAA establece los siguientes importes de financiación:
- Hasta el 50% del presupuesto para producciones cinematográficas de largometraje, con el límite de 1.200.000 euros.
- Hasta el 50% del presupuesto para producción de películas de animación, con el límite de 2.000.000 de euros.
El importe máximo que puede recibir un cliente será de cuatro millones de euros. En casos excepcionales, podrá autorizarse una acumulación máxima por cliente de hasta 5.000.000 de euros. El cliente podrá formalizar una única operación de préstamo para cada producción de largometraje o película de animación.
Otras características préstamos ICCA-ICO 2014
1.-Plazo de amortización:
- Cinco años con amortización única a vencimiento.
- Cinco años con tres años de carencia de principal.
2.-Tipo de interés
El tipo de interés aplicable será variable, más un margen de hasta 4,30% y su liquidación de intereses será semestral.
3.-Ayuda financiera.
En los préstamos firmados a cinco años con tres de carencia de principal, se aplicará una bonificación parcial del tipo de interés de los préstamos de un 1,325%. En los préstamos firmados a cinco años con amortización única a vencimiento, se aplicará una bonificación parcial del tipo de interés de los préstamos de un 1,130%.
4.-Garantías.
Los préstamos concedidos quedarán garantizados mediante la afección de cualquier ayuda/subvención, relacionada con el largometraje o película de animación objeto de financiación que conceda el ICAA al cliente. La entidad de crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas salvo el aval de una Sociedad Garantía Recíproca, con la excepción del aval de Audiovisual Aval SGR que sí se podrá aportar como garantía.
5.-Comisiones y gastos.
La entidad de crédito no aplicará ninguna comisión al cliente, salvo la de amortización anticipada voluntaria que con carácter general será del 1,75% sobre el importe cancelado. En caso de amortización anticipada obligatoria se devengará una penalización del 2,50% sobre el importe cancelado.
6.-Vigencia.
El plazo para la presentación de las solicitudes ante las entidades de crédito finalizará el 5 de septiembre de 2014. Se podrán formalizar operaciones hasta el día 8 de octubre 2014.
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