ICO Sector Turístico COVID19

Las empresas y autónomos podrán solicitar un importe máximo de 500.000 euros en la nueva línea ICO sector turístico

Los préstamos ICO sector turístico tendrán un tipo fijo máximo anual del 1,50% TAE y sin comisión de apertura

Con motivo de la situación extraordinaria que estamos viviendo originada por la crisis del COVID19, el ICO ha lanzado una nueva línea de financiación que tiene como objetivo ofrecer financiación a autónomos y empresas  con domicilio social en España que formalicen operaciones en la Línea ICO Empresas y Emprendedores, cuya actividad esté dentro de un CNAE del sector turístico y actividades conexas según la relación de CNAE publicada.

De esta manera se intenta apoyar a un sector fuertemente castigado por esta crisis, dotando a la línea con un total de 400 MM €.

Conceptos financiables: Necesidades de liquidez  financiables a través de la Línea Empresas y Emprendedores.

Modalidad: préstamo.

Beneficiarios:  autónomos y empresas domiciliados en España cuya actividad se encuadre en un CNAE del sector turístico y actividades conexas

Las empresas y autónomos deberán cumplir los siguientes requisitos:
• No podrán figurar en situación de morosidad en los ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito.
• No podrá estar incursos en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reunir los requisitos para encontrarse sometido a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de los acreedores.
• No se podrá utilizar esta financiación para efectuar refinanciaciones anteriores o posteriores de otros préstamos con la entidad financiera.
• Los clientes que tengan la condición de gran empresa deberán tener una calificación crediticia B- o superior.

Tipo de interés: fijo, hasta el 1,5%(TAE máxima incluida comisiones).

Plazo de amortización y carencia: De 1 a 4 años con 1 año de carencia de principal.

Comisiones: la entidad de  crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación, además de, en su caso, la de amortización anticipada.

Garantías: a determinar por la entidad de crédito, excepto aval de SGR/SAECA. El ICO garantizará a las Entidades de Crédito el 50% del riesgo de sus clientes

Vigencia: se podrán formalizar préstamos hasta el 31 de diciembre de 2020.

Esta financiación con garantía del ICO está sometida al Reglamento (UE) número 1407/2013  de la Comisión Europea relativo a las ayudas de minimis.

Si quieres más información sobre ésta interesante ayuda, ponte en contacto con nosotros en el 902 120 325 o a través de nuestro formulario. 

Recuerda que puedes acceder a numerosas vías de financiación empresarial, podemos ayudarte a indentificarlas en mentor Financia. 

 

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