NEOTEC-CDTI

Ayudas programa NEOTEC-CDTI, perfecto para la innovación en startups

NOTA: Disponible la nueva convocatoria para el año 2023. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el 28 de febrero y finalizará el 20 de abril 

Esta convocatoria se enmarca en la inversión 5 denominada «Transferencia de Conocimiento» del Componente 17 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y contribuirá al objetivo 266 de la Decisión de Ejecución del Consejo (CID) asociado, cuya consecución está prevista para el segundo trimestre de 2024, de acuerdo con la normativa reguladora del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo y nacional.

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor (en adelante doctor/es) a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento

NEOTEC-CDTI

El objetivo del programa NEOTEC es fomentar la tecnología y la innovación como factores competitivos para el desarrollo de las empresas. Esta convocatoria financiará nuevos proyectos empresariales procedentes de pequeñas empresas innovadoras que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología propia.

El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 40.000.000 de euros, reservándose 5.000.000 euros para empresas lideradas por mujeres.

Las subvenciones que se concedan se financiarán con cargo a los fondos propios del CDTI. Estas ayudas podrán financiar hasta el 70% del presupuesto de cada uno de los proyectos empresariales que opten a este programa y que tengan un mínimo financiable de 175.000 euros. Cada subvención podrá alcanzar hasta un máximo de 250.000 euros por beneficiario.

En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la convocatoria y cumplan todos los requisitos indicados en la misma al respecto

Beneficiarios

  • Empresas constituidas como máximo en los 3 años anteriores a la fecha de cierre de la presentación de las solicitudes.
  • No deben haber distribuido beneficios.
  • Capital social mínimo de 20.000 euros desembolsados e inscritos antes de la solicitud (incluye prima de emisión)
  • Las cuentas anuales (de los dos últimos ejercicios en su caso) deben de estar depositadas en el Registro Mercantil.
  • No deben haber surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles.
  • La participación en el capital social de la empresa de otras sociedades que no sean capital riesgo de inversión colectiva o de organismos de investigación, no puede superar el 25% (individualmente).

Podrá exigirse la aportación de financiación propia, algo que se determinará en cada resolución específica de concesión.

Ayuda NEOTEC

  • Tipo de ayuda: subvenciones.
  • Máximo: 70% o 250.000 euros.
  • Presupuesto mínimo: 175.000 euros.
  • Compatible con otras ayudas.

Gastos subvencionables

  • Proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial.
  • Gastos incluidos en el plan de empresa necesarios para el desarrollo de este y derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto de empresa innovadora en 2023 y 2024.
  • Solo se financian gastos iniciados en el 2023.
  • Se financian inversiones en equipos, gastos de personal (con contrato laboral o autónomo, con máximo de 40 euros/hora), materiales, colaboraciones externas/asesoría (incluye costes de certificado de acreditación de «empresa innovadora», otros costes como alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de la propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informa de auditor (máximo 2.000 euros por beneficiario y anualidad).

Podrán subcontratarse actuaciones hasta un máximo del 50% del coste total subvencionado. Si esta supera el 20% y dicho importe supera los 60.000€ debe de solicitarse expresamente previo a la concesión. No podrá subcontratarse a empresas vinculadas salvo que se solicite y conceda expresamente por CDTI.

No subvencionable: gastos financieros, IVA-IGIC, obra Civil, terrenos, edificios, vehículos de transporte, comidas, manutención, gastos de locomoción y viajes.  Proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología

Requisitos

Ser empresa innovadora, para ello se debe acreditar por un auditor externo uno de los siguientes requisitos:

  1. Demostrar que se desarrollará en un futuro previsible productos, servicios o procesos nuevos, o mejorados, sustancialmente en comparación con el estado de la técnica de su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.
  2. Que tengan costes de I+D que representen al menos un 10% de los costes de explotación en, al menos, uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda o si es una empresa nueva, esta condición debe de cumplirse en el ejercicio fiscal en curso

Existen empresas que no podrán concurrir a la convocatoria:

  • Las empresas en crisis
  • Las sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión de la Comisión Europea.
  • Las entidades en las que concurran circunstancias del artículo 13 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.
  • Empresas que hayan resultado beneficiarias, anteriormente de estas ayudas NEOTEC-CDTI.

Para acceder a esta ayuda tu empresa debe de tener un certificado electrónico y tramitar con anterioridad el certificado de «empresa innovadora», por lo que debes comenzar a completar tu solicitud lo antes posible.

Si deseas poner en marcha un proyecto, no dudes en contactar con un experto de DYRECTO Consultores para que te ayude en todo el proceso de gestión de las ayudas NEOTEC.

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