Fondo de recuperación Covid 19

NEXT GENERATION UE – FONDO DE RECUPERACIÓN COVID 19

La Comisión Europea presentó el pasado 27 de mayo de 2020 un plan de recuperación para la Unión Europea por valor de los 750.000 millones a repartir en dos años y que sería canalizado a los gobiernos principalmente a través de transferencias directas (500.000 millones) y préstamos (250.000 millones).

España podrá recibir 140.446 millones de euros, de los cuales 77.324 millones a través de transferencias directas y el resto como préstamos a devolver, siendo el segundo país más beneficiado por detrás de Italia

Fondo de recuperación covid 19

La Comisión Europa ha presentado este fondo de recuperación que se incluye para el próximo periodo presupuestario 2021-2027, con el objetivo de impulsar la capacidad financiera de la Unión Europea con nuevos fondos captados en los mercados financieros, así como preservar los medios de subsistencia, recuperar la economía y fomentar un crecimiento sostenible y resiliente.

El Mecanismo de 672 500 millones de euros ocupa un lugar central en las medidas extraordinarias de recuperación de la UE en el marco del instrumento «Next Generation EU», el plan de 750 000 millones de euros acordado por los dirigentes de la UE en julio de 2020. El Mecanismo ayudará a los Estados miembros a hacer frente a los efectos económicos y sociales de la pandemia de COVID-19, garantizando asimismo que sus economías emprendan las transiciones ecológica y digital para ser más sostenibles y resilientes.

Para recibir apoyo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los Estados miembros deben elaborar planes nacionales de recuperación y resiliencia que establezcan sus programas de reformas e inversiones hasta 2026.

En el marco del Mecanismo, los fondos se liberarán a los Estados miembros cuando se cumplan satisfactoriamente las metas y los objetivos pertinentes que figuran en sus planes de recuperación y resiliencia.

De acuerdo con el mandato del Consejo, antes de que la Comisión adopte una decisión por la que se autorice el desembolso de la ayuda financiera, además de consultar periódicamente al comité de expertos pertinente, pedirá al Comité Económico y Financiero que emita su dictamen sobre el cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos. El dictamen debe emitirse en un plazo de cuatro semanas a partir de la recepción de la evaluación preliminar de la Comisión.

La posición del Consejo también hace referencia al mecanismo de «freno de emergencia» incluido en las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 17 y 21 de julio, en el caso excepcional de que uno o más Estados miembros consideren que existen desviaciones graves del cumplimiento satisfactorio de las metas y los objetivos pertinentes.

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