Canarias Subvención Modernización Industrial

NOTA: Publicada la nueva convocatoria para el año 2022. Plazo límite solicitar la subvención 13/06/2022 hasta las 14:00

Publicada la nueva convocatoria de subvención destinada a fomentar la competitividad del sector industrial de Canarias, mediante su modernización y diversificación.

La línea está dotada con un presupuesto de 7.840.000 €

Beneficiarios

  • PYMES industriales (no solo la empresa sino también su grupo de empresas vinculadas)
  • Personas jurídicas o físicas.
  • Constituidas o pendientes de constituir (constitución antes de la Resolución favorable)

Inicio de Inversiones

  • Empresas constituidas: Solo inversiones tras Solicitud de subvención, salvo que hayan pre solicitado la ayuda ante un inicio de inversiones anterior a la publicación de esta convocatoria
  • Empresas pendientes de constitución: solo tras la Inscripción de la constitución en el Registro Mercantil

Tipos de proyecto / Líneas de actuación

Línea I: Inversión Productiva:

  • Nuevos establecimientos
  • Ampliaciones de capacidad productiva
  • Transformación fundamental de procesos (incluye proyectos de ahorro energético, así como actuaciones para la transformación digital de la industria (conocida como industria 4.0) )
  • Diversificación de Producción (nuevos productos)
  • Como novedad este año se incluye la fabricación de productos necesarios para la pandemia COVID 19
  • No serán subvencionable mediante la presente convocatoria el subtipo de proyectos de ahorro y eficiencia energética

Línea II: Calidad de la producción e Incorporación de Factores Creadores de ventajas competitivas.

  • II.1.: Calidad de la producción (laboratorios de ensayo, control, certificación de productos, seguridad alimentaria)
  • II.2.: Intangibles: Certificaciones Normas (calidad, gestión ambiental, RSE, gestión energética…), diseño de producto (mejora de la imagen y presentación de los productos, etc.), y mejora de los procesos (transformación digital-industria 4.0, reingeniería de procesos) y auditorías energéticas

Canarias Subvención Modernización Industrial

Costes subvencionables

Línea I: Inversión Productiva:

  • Adquisición de maquinaria nueva (no vehículos)
  • Instalaciones técnicas asociada.
  • Obra menor asociada a las instalaciones.
  • Software de control.
  • Proyectos y dirección facultativa ( limitado al 12% del resto de la inversión)
  • Costes traslado.
  • Auditoría justificativa.
  • Se permiten activos de segunda mano (requisitos especiales…)
  • Excepcionalmente, se podrán admitir en el presupuesto subvencionable los costes de adquisición de activos fijos de segunda mano, siempre que cumplan los siguientes requisitos:
    1. Identificado el origen de los bienes y que los mismos no han sido objeto de financiación pública nacional o de la UE.
    2. Precio no superior al valor de mercado e inferior al coste de bienes nuevos similares.
    3. Acredite disponer, en el caso de máquinas, de la Declaración de Conformidad “CE” y documentación técnica asociada, en base a la Directiva 2006/42/CE o a la Directiva 89/392/CEE, según la que corresponda a la fecha de su puesta en servicio

Línea II: Calidad de la producción e Incorporación de Factores Creadores de ventajas competitivas.

  • Costes de consultoría para la certificación, estudio de diseño o auditoría energética. Estos costes consistirán en:
    • Servicios prestados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), en concepto de acreditación de laboratorios de ensayo y calibración y de entidades de inspección.
      b) Servicios prestados por organismos acreditados por ENAC en materia de seguridad y calidad industrial para la certificación de sistemas de gestión, de instalaciones y/o productos industriales.
      c) Consultorías externas, realizadas por empresas de reconocido prestigio, para la realización de este tipo de proyectos. Para tal fin, el consultor o auditor energético, en su caso (o consultores), que trabaje en el proyecto deberá poseer 3 años de experiencia o, en su defecto, la certificación de personas adecuada, emitida por una entidad acreditada por ENAC al efecto.
    • Para proyectos conducentes a la obtención del sello de excelencia EFQM, los gastos de consultoría del evaluador externo y de la entidad certificadora reconocida por la European Foundation for Quality Management.
      e) Los servicios externos por la primera verificación de una declaración de conformidad a una norma deberán ser realizados por empresa acreditada por ENAC.

Además de los costes citados en el subapartado anterior, podrán incluir inversiones en equipos y/o instalaciones que se deriven directamente de la implantación de la norma correspondiente. Asimismo, podrán consistir en la adquisición de software de gestión de los procesos productivos o software avanzado de gestión, debiendo estar este tipo de software claramente especificado y justificado en la documentación de la solicitud de subvención.

No serán subvencionables los bienes de reposición ni los servicios destinados a la renovación de los certificados.

Como máximo podrá presentar un proyecto por cada línea de actuación e isla.

Ayuda máxima

Línea I: Inversión Productiva

  • Inversión mínima: 10.000 euros.
  • Inversión máxima aceptada: 1.000.000 euros.
  • Porcentaje fijo del 40% sobre la inversión aprobada
  • Coste de auditoría: 800 €

Línea II: Calidad y Ventajas Competitivas

  • Máximo 75.000€ para suptipo II.1 y 10.000€ para subtipo II.2
  • Porcentaje fijo del 60% sobre la inversión aprobada
  • Sujeta a mínimis

Requisito de inscripción

  • Estar inscrito en el Registro Integrado Industrial (salvo laboratorios de ensayo y calibración) o haber solicitado la inscripción en dicho registro con anterioridad a la solicitud de la subvención.
  • Sociedades con actividad: Estar inscrito o haber solicitado la inscripción en el RII antes de la solicitud de la ayuda.
  • Sociedades pendiente de constituir o iniciar actividad: Conseguir la inscripción en el RII antes de la finalización del proyecto.

Actividades industriales aceptadas

  • Línea Inversión Productiva: División Art. 6.a) del RII.
  • Línea Incorporación Intangibles: Divisiones Art. 6.a), b) e) y d) del RII.

Duración de los proyectos

  • Se permiten proyectos anuales y plurianuales.

Plazo de ejecución del proyecto

  • Proyectos anuales: inversiones a realizar en el 2022. El plazo de ejecución del proyecto subvencionado finalizará el 31 de octubre de 2022 y el plazo de justificación de la actuación subvencionada finalizará el 15 de diciembre de 2022
  • En el caso de que se solicite y se conceda el abono anticipado de la subvención, las fechas límite de ejecución y justificación quedan establecidas en el 31 de diciembre de 2023, en ambos casos

El beneficiario deberá mantener la inversión subvencionada en el mismo establecimiento donde fue realizada por un periodo mínimo de dos años desde que se completó dicha inversión

Pago de la ayuda

  • Caso general: Tras la justificación de la realización del proyecto.
  • Pago Anticipado: Se puede solicitar el pago anticipado de la ayuda sin aval.

Si tienes un proyecto de inversión contacta con nosotros para evaluar las posibilidades de obtener financiación para él.

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