SUBVENCIONES REHABILITACIÓN VIVIENDAS EN ANDALUCÍA
La comunidad autónoma de Andalucía ha publicado el decreto-ley que regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía destinado a facilitar la realización de inversiones de ahorro y eficiencia energética y energías renovables en los edificios ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para los años 2014 y 2015.
Dicho programa de impulso a la Construcción Sostenible está integrado por las siguientes líneas de actuación:
a) Incentivos dirigidos a promover actuaciones que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables en edificios ubicados en Andalucía, a través de la realización de obras de rehabilitación, reforma, adecuación al uso e instalaciones eficientes.
b) Instrumentos para facilitar el acceso a la financiación de las pymes ligadas a un modelo de construcción sostenible, incluidas las empresas de economía social, poniendo a su disposición instrumentos financieros flexibles y adaptados a sus necesidades.
c) Constitución de la Mesa de la Construcción y Rehabilitación Sostenible de Andalucía, como un espacio de participación especializado en construcción sostenible que defina e impulse un Plan Integral para la Construcción y Rehabilitación Sostenible de Andalucía en el periodo 2014-2020.
El programa cuenta con un presupuesto por importe de 200 MM €
A) Ayudas para la realización de inversiones de ahorro y eficiencia energética y energías renovables en edificios
BENEFICIARIOS:
Personas físicas y jurídicas, así como las entidades sin personalidad jurídica previstas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003. Quedan excluidos los organismos o entidades públicas que tengan la consideración de poder adjudicador
¿QUÉ TIPO DE ACTUACIONES PUEDEN TENER AYUDAS?
a) Obras de adecuación energética de edificios.
b) Instalaciones energéticamente eficientes en la edificación e infraestructuras, eléctricas o térmicas
En concreto:
a) Gastos de obra civil directamente vinculados a la actuación incentivable.
b) Adecuación de los elementos de las edificaciones afectadas por la realización de las medidas objeto
c) Instalaciones, equipos y elementos auxiliares.anterior.de los incentivos, inclusive en su caso, la restitución de la realidad alterada por la adecuación a la situación
d) Montaje, desmontaje o demolición de elementos existentes.
e) Equipos para la medición, seguimiento, control y gestión de las instalaciones y actuaciones incentivables, incluidos los elementos que permiten difundir los resultados energéticos y medioambientales ligados a las actuaciones realizadas
f) Proyectos, dirección facultativa y gestión energética.
No se consideran inversiones subvencionables:
a) Las obras de edificación de nueva construcción.
b) El informe de evaluación a que se refiere la Ley 8/2013, de 26 de junio.
c) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
d) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
e) Los gastos de procedimientos judiciales.
IMPORTE AYUDA
Para el caso de empresas no se podrán superar los 200.000 euros por empresa durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. En el caso de empresas que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera, los incentivos concedidos no excederán de 100.000 euros, sin que los mismos se puedan utilizar para la adquisición de vehículos de transporte de mercancías por carretera.
Para el resto de personas y entidades beneficiarias, los incentivos no superarán los 200.000 euros por beneficiario.
B) Acceso a la financiación de las empresas
Préstamos dirigidos a empresas relacionadas con el sector de la construcción. Hablamos de préstamos ordinarios sometidos a derecho privado y financiando hasta el 70% del total de las necesidades financieras de la empresa, incluyendo inversiones en activos, gastos operativos y circulantes, con un importe máximo por empresa de 2 millones de euros.
Para ampliar más información sobre esta línea de ayuda no dudes en contactar con nosotros a través de nuestra web o a través del teléfono 902 120 325