La comunidad autónoma de La Rioja cuenta con su propio Plan de vivienda 2013-2016 de fomento del alquiler de viviendas, rehabilitación edificatoria y regeneración y renovación urbanas. Con este plan se persigue cumplir con los siguientes objetivos:
- Impulsar la figura del alquiler como vía de acceso a la vivienda.
- Fomentar la rehabilitación como motor de la actividad económica del sector de la construcción.
- Búsqueda de la eficiencia energética.
El plan en su totalidad cuenta con una dotación de 17,2 millones de euros y al igual que ocurre en otras Comunidades Autónomas, dicho plan se compone de diversos programas:
- Ayuda al alquiler de vivienda.
- Fomento del parque público de vivienda de alquiler.
- Fomento de la rehabilitación edificatoria.
Las obras de rehabilitación edificatoria para las que se solicite ayudas no deberán haberse iniciado antes de la resolución de calificación provisional y de concesión de las ayudas, salvo en casos excepcionales de urgente necesidad debidamente motivados.
Cuando el importe de la actuación subvencionable supere la cuantía de 10.000 euros (sin IVA), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra.
Beneficiarios y requisitos
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de este programa las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios, los propietarios únicos de edificios de viviendas y los propietarios de edificios unifamiliares.
Cuando se trate de actuaciones para realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad y/o mejorar la calidad y sostenibilidad del edificio o edificios que pretendan acogerse al programa, se requerirá que éstos sumen, como mínimo, 8 viviendas, o excepcionalmente menos, incluidos los edificios unifamiliares, cuando en el inmueble vayan a acometerse simultáneamente obras de conservación o cuando habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años.
En los edificios que tengan íntegramente como destino el alquiler, durante, al menos 10 años a contar desde la recepción de la ayuda, podrán ser beneficiarios también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de derecho público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas íntegra o mayoritariamente por las administraciones propietarias de los inmuebles.
Importe máximo de la subvención
- 2.000 euros para las actuaciones de conservación. En este caso, si además se acometen simultáneamente actuaciones para la mejora de la calidad y sostenibilidad que resulten subvencionables por este Programa, la ayuda de conservación se incrementará en 1.000 euros, y en otros 1.000 euros más si, además, se realizan obras de accesibilidad.
- 2.000 euros para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad cuando se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 20.2 del Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, o de 5.000 euros, como máximo, si, en cumplimiento de dichas condiciones, se redujera al menos en un 50% la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio.
- 4.000 euros para las actuaciones de mejora de la accesibilidad.
Las cuantías señaladas, anteriormente, podrán incrementarse en un 10%, hasta 12.100 euros, cuando se trate de edificios declarados Bienes de Interés Cultural, catalogados o que cuenten con protección integral en el instrumento de ordenación urbanística correspondiente.
La cuantía máxima total de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación. No obstante y de manera excepcional, en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad y solo, en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50%. A estos efectos, los gastos de los honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios, los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares, se repartirán proporcionalmente al presupuesto de cada tipo de actuación.
- Fomento de la regeneración y renovación urbanas.
- Apoyo a la implantación del informe de evaluación de los edificios.
- Apoyo a entidades sin ánimo de lucro y ayuntamientos en programas de alquiler social.
- Apoyo a los contratos de mantenimiento permanente en los edificios.
Para ampliar más información sobre estas ayudas puede contactar con nosotros a través de nuestra página web o en el teléfono 902 120 325.