LUZ VERDE A LA NUEVA REFORMA FISCAL
El pasado día 20 de noviembre el Pleno del Congreso de los Diputados, ha aprobado definitivamente los tres proyectos de ley que forman parte de la nueva reforma fiscal: Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto de Sociedades e IVA y que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2015.
La reforma fiscal, enriquecida tanto en el Congreso como en el Senado, incorpora un conjunto de medidas fiscales con el el fin de impulsar el crecimiento económico, la creación de empleo y la competitividad empresarial.
Con esta reforma, el Gobierno ha querido rebajar la carga fiscal de los contribuyentes simplificando y modernizando los principales tributos para que sean más justos y equitativos incentivando el ahorro, la inversión y la lucha contra el fraude.
Finalmente, la reforma, queda estructurada en tres proyectos de ley relativos a modificaciones en el IRPF, Impuesto de Sociedades e IVA.
Reforma del IRPF
En el caso del IRPF, la reforma tributaria está pensada para reducir la carga fiscal de los contribuyentes. De esta manera se han reducido los tramos de tributación de siete a cinco, pasando el tipo mínimo de gravamen del 24,5% al 20% para el 2015 y, al 19% para el 2016. Así mismo, el tipo máximo pasará del 52% al 47% en 2015 y, al 45% en 2016.
La idea de la reforma en el IRPF está diseñada con el objetivo de beneficiar a contribuyentes con rentas bajas y medias lo que provocará que los asalariados con rentas inferiores a 12.000€ al año, dispongan de su sueldo íntegro a partir del próximo año quedando exentos de tributación por este concepto.
Los asalariados con rentas inferiores a 24.000€ al año tendrán una rebaja media del 23,5% y, aquellos con rentas inferiores a 30.000€ contarán con una rebaja del 19,3% en el IRPF.
Otra de las cuestiones previstas en el texto de la reforma ha sido el considerable aumento de los mínimos familiares llegando hasta el 32%.
Para la tributación del ahorro, la reforma, introduce una progresividad en el tramo superior de tributación. Así, la tributación queda establecida en tres tramos: el primero (hasta 6.000€) baja el porcentaje del 21% al 20% para el 2015 y, al 19% para el 2016. El segundo tramo (de 6.000 a 50.000€) el tipo se reduce hasta el 22% para el 2015 y al 21% para el 2016. En el tercero (a partir de 50.000€), el tipo de gravamen se sitúa en el 24% para 2015 y en el 23% para el 2016.
En lo que ser refiere al ahorro de pequeños y medianos ahorradores, el Gobierno ha creado nuevos instrumentos para potenciar el ahorro a medio y largo plazo y fomentar la neutralidad fiscal sirviendo como alternativa a los planes de pensiones. Así, los nuevos Planes «Ahorro 5» adoptarán forma de cuentas bancarias o seguros pudiendo restituir hasta el 85% de la inversión. Fiscalmente, los rendimientos generados disfrutarán de exención siempre que la misma inversión se mantenga un mínimo de 5 años.
Por otro lado, se mantiene la tributación de los Planes de Pensiones pero se fija una única aportación máxima de 8.000€ pudiéndose rescatar cantidades transcurridos 10 años desde su constitución.
En el plano de la vivienda se regula el fin de la aplicación de los coeficientes de abatimiento en la tributación de las plusvalías generadas por la venta cuando, el valor acumulado de la transmisión alcance los 400.000€.
Para los autónomos, se establecen rebajas generalizadas en las retenciones aplicando, para rentas inferiores a 15.000€, una retención del 15% y, de igual manera, se mantiene la retención del 15% para empresas de nueva creación pudiendo deducirse en un 100% las aportaciones a las mutuas.
En el régimen de estimación objetiva (módulos) se reduce el umbral de exclusión de 450.000€ a 150.000€ de ingresos y de 300.000 a 150.000€ de gastos y, a su vez, quedan excluidas las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas.
Reforma del Impuesto de Sociedades
El nuevo Impuesto de Sociedades incorpora una bajada de tributación y una simplificación de las deducciones. El objetivo es consolidar la aproximación de la fiscalidad a las empresas de los países del entorno.
El tipo de gravamen general en este impuesto se reducirá desde el 30% al 28% en 2015 y al 25% en 2016.
Las pymes tendrán acceso a una nueva reserva de nivelación con la cual podrán reducir un 10% su base imponible con un límite de 1 millón de euros. Esta minoración se compensará con bases imponibles negativas en un plazo de cinco años. Además, se mantiene el régimen especial de reducida dimensión que aporta beneficios como la libertad de amortización.
En cuanto a las deducciones, se reordenan las mismas manteniendo las de creación de empleo y potenciando la de I+D+i. En este caso, aquellas empresas que destinen cantidades superiores al 10% de su cifra de negocio a investigación y desarrollo podrán incrementar de 3 a 5 millones anuales el importe de la deducción.
Se amplía la base imponible del impuesto para aproximar el tipo efectivo al tipo nominal del impuesto. Para ello, se limita la deducibilidad de gastos por deterioro y se mantiene el limite de gastos financieros mediante el control del endeudamiento empresarial.
Los limites de compensación de bases imponibles se elevará progresivamente. Para 2015 se mantendrán los límites actuales y, será en 2016, cuando pasen al 60% para todas las empresas fijando para el 2017 un límite general del 70% con carácter permanente.
El nuevo texto aprobado introduce nuevos incentivos fiscales a actividades muy determinadas, es el caso de las actividades industriales. Se amplía la exención parcial (85%) del impuesto de electricidad a todos los procesos en los que el coste de este servicio supere el 50% del coste de producción del producto. Esta exención se podrá aplicar tanmbién en el regadío y actividades industriales cuyo consumo supere el 5% del la producción total.
La nueva reforma fiscal también ha querido dar un impulso a la actividades de mecenazgo. Las deducciones por donativos en el IRPF se eleva del 25% al 30% y, con el fin de estimular estos recursos, se elevará en 5 puntos si se mantienen durante 3 años tanto para el IRPF como para el Impuesto de Sociedades.
Se incluyen también nuevos incentivos a producciones cinematográficas fijando un tipo del 20%, aplicables a productores y coproductores, siendo extensibles de igual manera a espectáculos teatrales y musicales. Por otro lado, para incentivar y atraer las producciones extranjeras, se crea una deducción del 15% de los gastos generados y realizados en exteriores de dichas producciones.
Reforma del IVA
La reforma fiscal mantiene sin variación los tipos de gravamen del IVA y de los impuestos especiales. Esto se debe al criterio del Gobierno de no dañar el consumo ni de perjudicar a actividades claves como el turismo y/o la hostelería. En cambio, en el trámite parlamentario, se han aprobado enmiendas en referencia a las actividades de servicios de comedor escolar quedando exentos de tributación los servicios de monitores.
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