Régimen económico y fiscal de Canarias
Novedades al régimen económico y fiscal de Canarias:
Los nuevos beneficios fiscales para Canarias ya cuentan con el respaldo del Gobierno regional y estatal el REF todavía está pendiente de ser pactado). La propuesta será remitida a Bruselas en la semana del 16 de junio de 2014 para que pueda entrar en vigor a partir del 1 de enero del 2015. El REF actual fue prorrogado un año más, quedando vigente también durante este año 2014.
¿Cómo acceder a las ventajas del REF?
El nuevo REF supone más estímulos a la inversión, la innovación y la internacionalización de las empresas que realicen una parte de su actividad económica en Canarias. Ahora bien, para poder disfrutar de todas las ventajas del régimen económico y fiscal de canarias, es necesario ser sujeto pasivo de los impuestos Canarios. Para ello es necesario disponer de un establecimiento permanente en Canarias.
El Centro de Negocios DYRECTO, ubicado en Tenerife, permite la domiciliación de empresas a través del servicio de oficina virtual. Mediante esta modalidad la empresa que lo contrate dispondrá de una sede en Canarias y así poder acceder a los beneficios fiscales recogidos en el REF.
Algunas de las nuevas medidas del REF
- Deducción del 15% para las empresas canarias que implanten una sucursal en África Occidental siempre y cuando creen también empleo en Canarias y lo mantengan al menos durante tres años. Se complementa con otra deducción por otro 15 % adicional para gastos de promoción internacional y para la apertura y prospección de nuevos mercados.
- El nuevo REF elimina restricciones formales a la Reserva por Inversiones de Canarias (RIC), mecanismo que exonera de tributación a los beneficios empresariales si se dedican a inversión o a compra de deuda pública en Canarias.
- No se podrá aplicar RIC a inversiones en África.
- Se podrá materializar la RIC en la compra de suelo vinculado a la rehabilitación turística y comercial sin necesidad de que esté en zonas en declive como hasta ahora.
- Se reducen las obligaciones formales para dotar la RIC.
- Se rebajan las sanciones derivadas de los incumplimientos formales en la RIC.
- Las pymes puedan unir sus dotaciones para la RIC y participar en proyectos de inversión conjuntos.
El REF pactado incluye mejoras en la Zona Especial Canaria (ZEC). Para estas empresas se permite una tributación del 4 por ciento en el Impuesto de Sociedades
- Se eliminan los límites de las bases imponibles para acogerse a este incentivo siempre que las empresas garanticen la creación de un mínimo de cincuenta empleos
- Se suprimen las restricciones geográficas de la ZEC, de modo que las empresas podrán instalarse en cualquier lugar y no en zonas delimitadas como polígonos industriales.
- Se extiende el plazo de inscripción en la ZEC, se amplían las actividades que pueden realizarse y se abre la posibilidad a la instalación de sucursales de empresas foráneas.
En cuanto a la vigente deducción por inversiones
- Se amplía a 15 años el periodo de aplicación, en lugar de los cinco actuales
- Se incrementa la deducción hasta el 45 por ciento para las inversiones destinadas a la innovación.
- Se mantiene el 50 por ciento de las bonificaciones en el Impuesto de Sociedades por los rendimientos derivados de la exportación de los bienes producidos en Canarias.
Todos los beneficios fiscales del REF se vinculan a obligaciones que tienen que ver con la inversión o el empleo, y por eso se ha descartado una bonificación general y no condicionada del IRPF para todos los ciudadanos. El documento remitido a Bruselas no incluye deducciones para el IRPF y falta por definir algún instrumento fiscal de bonificación en la seguridad social por la contratación de personal.
Cualquier duda al respecto de su caso concreto sobre como acceder a las ventajas del Régimen Económico y Fiscal de Canarias puede hacérnosla llegar a través de nuestro formulario de contacto.